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Ayudas y subvenciones para la vivienda

La adquisición de una vivienda es una de las inversiones mas importantes que deberemos asumir en algún momento de nuestra vida. Para dar el paso definitivo y optar por el camino adecuado, es fundamental disponer de toda la información para tomar la solución mas conveniente. Las ayudas por parte de la administración pública, ofrecen alternativas interesantes que debemos conocer antes de iniciar el proyecto de nuestra vivienda.

DESCRIPCIÓN DE LAS AYUDAS
Nos centraremos en las ayudas y subvenciones que ofrece la Junta de Extremadura. El Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, establece diversos programas de ayudas a actuaciones en materia de vivienda por el período cuatrienal de que menciona. Para todo ello y según contempla la Orden de 28 de diciembre de 2018, por la que se establece la convocatoria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para los años 2019 y 2020 de las subvenciones contempladas en los distintos programas regulados en el Real Decreto anteriormente citado:

a) Programa de fomento de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas

b) Programa de fomento de la conservación, de la mejora de las seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas.

c) Programa de ayuda a los jóvenes, que tiene dos modalidades:

   1º Ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en municipio de pequeño tamaño (inferior a 5.000 habitantes).

   2º Programa de ayuda al alquiler de vivienda.

d) Programa de alquiler de vivienda

BENEFICIARIOS

Los requisitos generales que dependiendo del programa hay que ver de forma pormenorizada son:
a) Poseer nacionalidad española o tener residencia legan en España cuando se trata de personas físicas.

b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Hacienda de la Comunidad Autónoma, así como de sus obligaciones con la Administración de la Seguridad Social.

c) No hallarse incursos en ninguna de las circunstancias previstas del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones , ni haber sido objeto, por incumplimiento o causa imputable a los mismos, de un procedimiento de renovación de ayudas por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

CUANTÍA
El importe de las subvenciones, los criterios para su determinación y sus límites cuantitativos y porcentulaes se acomodarán a lo establecido para cada uno de los programas 4 programas anteriormente citado. 

En el caso de programa de ayudas a jóvenes en la modalidad de ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en municipio de pequeño tamaño,  La cuantía de la ayuda será de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20% del precio de adquisición de la vivienda, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición. Para el resto de programas hay que estudiar el caso detalladamente.

SOLICITUDES
La solicitud de la subvención se ajustará al modelo normalizado señalado en el anexo I, de la convocatoria, que estará disponible en el Portal del Ciudadano de la Junta de Extremadura (https://ciudadano.juntaex.es/web/vivienda).
 
PLAZO

El plazo de presentación de las solicitudes dependerán del programa al cual queramos solicitar, así por ejemplo el plazo de presentación de solicitudes para el programa de ayudas a jóvenes en la modalidad de ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente se iniciará el 1 de enero de 2019 y concluirá el 31 de diciembre del mismo año, no admitiéndose a trámite las que se presentaren fuera de plazo. 

Si esta interesado en solicitar ayudas para su vivienda,  ponte en contacto con nosotros  y le asesoraremos sin compromiso

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